Saltar al contenido
KL Contable

Guía · Para extranjeros

Contabilidad en Panamá para extranjeros

Su empresa panameña al día, sin que usted tenga que estar en Panamá.

Revisada el

Maleta y pasaporte junto a una carpeta de documentos, con el skyline de Ciudad de Panamá al fondo

Respuesta corta

Si usted es extranjero y tiene una empresa o sociedad en Panamá, sus obligaciones locales corren igual aunque viva en otro país: la tasa única, las declaraciones ante la DGI que le correspondan y, si opera aquí, el aviso de operación, el ITBMS y los impuestos municipales. Muchos trámites exigen presentarse en persona, así que necesita a alguien en Panamá que los lleve y le rinda cuentas por escrito.

Panamá recibe cada año a mucha gente que abre una empresa aquí sin vivir aquí. La sociedad se constituye rápido; lo que se subestima es lo que viene después: las obligaciones locales corren igual, aunque el dueño esté a nueve husos horarios.

Y hay un detalle que sorprende a casi todos: muchos trámites panameños siguen exigiendo que alguien vaya en persona a una ventanilla.

Lo esencial

  • Una sociedad panameña tiene obligaciones desde el día en que se constituye, viva su dueño en Panamá o fuera del país.
  • Qué tiene que declarar depende de lo que hace la sociedad: no es lo mismo una empresa que factura en Panamá que una que solo tiene bienes o cuentas.
  • Varios trámites ante la DGI, el Registro Público, el municipio o Panamá Emprende siguen necesitando a alguien que vaya en persona.
  • El contador y el agente residente son figuras distintas: el agente residente es un abogado o firma de abogados, y el contador lleva los libros y las declaraciones.
  • Si su empresa panameña opera con otras empresas suyas en otros países, conviene revisar si le aplican las reglas de precios de transferencia.
  • Lo que más problemas da a un dueño que vive fuera no es pagar: es enterarse tarde de lo que había que presentar.

Lo que conviene tener claro

Alguien que va en persona

Las diligencias, los paz y salvos y las ventanillas las hacemos aquí. Usted recibe el comprobante.

Obligaciones locales al día

Sus declaraciones ante la DGI se presentan en plazo, viva donde viva.

Comunicación en su horario

Coordinamos por WhatsApp y correo, con constancia escrita de cada paso.

Nada de sorpresas

Le decimos por adelantado qué obligaciones va a tener y cuánto le costarán al año.

Tener una empresa en Panamá sin vivir en Panamá: lo que sigue corriendo

Vista de la bahía de Ciudad de Panamá al atardecer desde la ventanilla de un avión que aterriza

Constituir una sociedad en Panamá es rápido, y eso hace que mucha gente la abra desde fuera pensando que el trabajo terminó ahí. En realidad es cuando empieza: desde ese día, la sociedad tiene un estatus que mantener ante el Estado panameño.

Esas obligaciones no se detienen porque usted viva en Madrid, en Caracas o en Miami. Tampoco le llegan avisos a su casa. Corren en silencio y aparecen el día que necesita usar la sociedad para algo.

Esta guía es para ese perfil: extranjeros con empresa o sociedad en Panamá, vivan aquí o no. Lo que sigue es lo que conviene saber para que la empresa esté al día sin que usted tenga que estar pendiente de cada fecha.

Qué obligaciones tiene una sociedad panameña ante la DGI

Hay una que casi todas comparten: la tasa única anual, que se debe mientras la sociedad exista, opere o no. Si no se paga, se acumula con recargos.

Luego están las declaraciones ante la Dirección General de Ingresos (DGI), que es la autoridad de impuestos en Panamá. Cuáles le tocan y con qué frecuencia depende de lo que hace la sociedad: si factura, si tiene empleados, si solo tiene bienes o cuentas. No le vamos a dar una lista cerrada, porque la lista correcta es la de su caso.

Lo que sí es general: una sociedad inactiva no está libre de obligaciones, y una declaración que se deja sin presentar sigue ahí años después, esperando. Cuando llega el día de pedir un paz y salvo, el sistema no lo emite hasta que se resuelve.

Si su empresa opera en Panamá: aviso de operación, ITBMS y municipio

Si la sociedad vende o presta servicios en Panamá, se suman las obligaciones de cualquier negocio local. La primera es el aviso de operación, el registro ante el Ministerio de Comercio e Industrias (MICI) que le permite ejercer la actividad, y que se tramita por Panamá Emprende.

Después vienen el ITBMS, que es el impuesto panameño sobre las ventas de bienes y servicios, y los impuestos municipales del municipio donde opera. Si le toca declarar ITBMS y cada cuánto depende de su actividad y de lo que facture, así que conviene revisarlo antes de empezar a vender.

Y si contrata personal, entra la Caja de Seguro Social (CSS). Hoy la empresa paga una cuota patronal del 13.25 % del salario, que sube al 14.25 % desde marzo de 2027 y al 15.25 % desde marzo de 2029, según la Ley 462 de 18 de marzo de 2025. Al trabajador se le descuenta aparte el 9.75 %.

Ingresos generados fuera de Panamá: por qué no significa «nada que hacer»

Es la pregunta que más nos hacen los dueños extranjeros. Panamá grava, en general, la renta de fuente panameña, y eso lleva a mucha gente a concluir que su sociedad, como no opera aquí, no tiene nada que hacer. Es una conclusión arriesgada.

Primero, porque las obligaciones que vienen de existir —como la tasa única— se deben igual. Segundo, porque si una actividad concreta se considera de fuente panameña o no depende de cómo y desde dónde se realiza, y no siempre es tan obvio como parece.

Y tercero, porque su país de residencia puede tener sus propias reglas sobre las empresas que usted tiene en el extranjero. Esa parte la tiene que ver con un asesor de allí; nosotros le ayudamos con la parte panameña y con los papeles que ese asesor le pida.

Si no tiene claro en qué situación está su sociedad, escríbanos por WhatsApp con lo que hace y dónde, y le decimos qué le corresponde aquí.

Los trámites que siguen exigiendo ir en persona

Mensajero con sobre bajo el brazo subiendo las escaleras de un edificio público en Ciudad de Panamá

Buena parte de la gestión panameña ya se hace en línea, pero no toda. Todavía hay documentos que se recogen en ventanilla, certificaciones que se piden en persona y diligencias en el Registro Público o en el municipio con horarios concretos.

Para quien vive fuera, esto es lo que convierte un trámite de pocos días en uno de meses. No porque sea difícil, sino porque nadie va.

Nosotros hacemos esas diligencias aquí: paz y salvos, aviso de operación, trámites en Panamá Emprende y en el Registro Público. Le avisamos de cada paso por WhatsApp y le mandamos el comprobante cuando lo hay. Si algo exige su firma, su presencia o un poder, se lo decimos antes de empezar, no a mitad del trámite.

Contador, agente residente y abogado: quién hace qué

Es una confusión muy frecuente entre dueños extranjeros. Toda sociedad anónima panameña tiene un agente residente, que es un abogado o una firma de abogados. Esa figura es distinta del contador y no la sustituye.

El contador es quien lleva los registros contables, prepara los estados financieros y presenta las declaraciones ante la DGI. El abogado o agente residente se ocupa de la parte legal de la sociedad: su constitución, sus reformas, su disolución.

Lo que funciona mejor es que ambos se conozcan y se pasen la información. Cuando cada uno trabaja por su lado y el dueño está fuera, lo que cae entre las dos sillas no lo recoge nadie.

Si su empresa panameña opera con sus otras empresas

Muchos extranjeros usan la sociedad panameña junto con otras empresas suyas en otros países: una factura a la otra, una le presta dinero a la otra, una paga servicios de administración. Eso son operaciones entre partes relacionadas.

En Panamá, las reglas de precios de transferencia pueden aplicarle si su empresa opera con otra del mismo dueño o grupo. Lo que activa la obligación es con quién opera, no cuánto factura. Quién queda obligado exactamente lo fija la norma, y se confirma revisando sus operaciones concretas.

Si está en este caso, conviene revisarlo pronto, porque es de las obligaciones que más se pasan por alto cuando el dueño no está en el país.

Cómo trabajar con un contador en Panamá desde el extranjero

Teléfono boca abajo y taza de café en un balcón del Casco Viejo de Panamá por la mañana

La distancia no es el problema. El problema es la falta de un canal claro. Lo que le proponemos es sencillo: un interlocutor fijo, WhatsApp y correo en su horario, y constancia escrita de cada cosa que se presenta.

Usted nos envía los documentos de forma digital y nosotros le avisamos antes de cada vencimiento, no después. Cada declaración presentada le llega con su comprobante, para que tenga su archivo aunque no esté aquí.

Antes de empezar le decimos qué obligaciones va a tener su sociedad y cuánto le costará mantenerla al día durante un año. Así no aparecen costos nuevos cada trimestre. Escríbanos por WhatsApp y lo vemos para su caso.

Primeros pasos

  1. 01

    Reúna los documentos de su sociedad

    Pacto social, datos del agente residente, RUC si ya lo tiene y cualquier declaración o comprobante presentado hasta ahora. Todo en digital basta.

  2. 02

    Cuéntenos qué hace la sociedad y dónde

    Si factura en Panamá, si solo tiene bienes o cuentas, si opera con otras empresas suyas y si tiene o piensa tener empleados. De eso depende qué le toca declarar.

  3. 03

    Revisamos en qué estado está

    Comprobamos si hay tasa única, declaraciones o registros pendientes antes de que se lo pidan en un trámite. Si hay algo atrasado, le decimos qué y en qué orden resolverlo.

  4. 04

    Reciba el calendario y el costo del año

    Le damos por escrito qué obligaciones tiene su sociedad, cuándo vencen y cuánto le costará mantenerla al día durante un año.

  5. 05

    Deje los trámites en persona en manos de alguien aquí

    Las ventanillas, los paz y salvos y las diligencias los hacemos nosotros, con aviso por WhatsApp en cada paso y el comprobante al final.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que viajar a Panamá?+

Para el trabajo contable y la mayoría de los trámites, no. Si algo exige su presencia o un poder, se lo decimos por adelantado.

Mi empresa panameña no opera todavía. ¿Debo declarar igual?+

Una sociedad inactiva no está libre de obligaciones. Cuáles y cuántas depende de su caso, y conviene saberlo antes de que se acumulen.

¿En qué idioma atienden?+

En español. Los documentos oficiales panameños van en español, así que se los explicamos en un lenguaje claro.

¿Qué es el agente residente de una sociedad en Panamá?+

Es el abogado o la firma de abogados que toda sociedad anónima panameña tiene como representante ante el Estado. No es lo mismo que el contador: uno cubre la parte legal y el otro, la contable y tributaria.

¿Una sociedad panameña paga impuestos por lo que gana fuera de Panamá?+

Panamá grava, en general, la renta de fuente panameña, pero si una actividad concreta cuenta como tal depende de cómo y desde dónde se realiza. Además, la sociedad tiene obligaciones que se deben aunque no tenga ingresos aquí. Escríbanos por WhatsApp y revisamos su caso.

¿Puedo llevar la contabilidad de mi empresa panameña desde otro país?+

Puede registrar desde donde quiera, pero las declaraciones se presentan ante la DGI según las normas panameñas y varios trámites exigen presencia física. Por eso la mayoría de los dueños que viven fuera se apoyan en un contador en Panamá.

¿Qué necesita un contador en Panamá para empezar si vivo en el extranjero?+

Los documentos de la sociedad, lo presentado hasta ahora ante la DGI y una explicación de qué hace la empresa y dónde. Todo se puede enviar en digital.

¿Cuánto cuesta la contabilidad de una sociedad panameña con dueño extranjero?+

Depende de lo que haga la sociedad, de cuántas obligaciones tenga y de los trámites que necesite. Escríbanos por WhatsApp y le damos la cifra anual para su caso antes de empezar.

¿Hablamos de su caso?

La primera consulta es gratuita. Lunes a viernes.