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KL Contable

· 5 min de lectura

Precios de transferencia: ¿le aplican a su empresa?

Suena a tema de multinacionales. Pero basta con que usted tenga dos sociedades que se facturen entre ellas.

Dos carpetas de documentos unidas por un clip sobre una mesa de reuniones con vista a los rascacielos de Panamá

Respuesta corta

En Panamá, las reglas de precios de transferencia pueden aplicarle si su empresa compra, vende, presta o cobra servicios a otra empresa relacionada, es decir, del mismo dueño o grupo. Lo que activa la obligación es con quién opera, no cuánto factura. Quién queda obligado exactamente lo fija la norma, y se confirma revisando sus operaciones concretas ante la DGI.

Lo esencial

  • Los precios de transferencia son los que se cobran entre empresas unidas por un mismo dueño o por un vínculo de control.
  • La norma busca comprobar que esos precios son los que pondrían dos empresas independientes entre sí.
  • Lo que activa la obligación es la relación entre las empresas, no el tamaño de la facturación.
  • Préstamos, alquileres y servicios de administración entre sociedades del mismo dueño también cuentan como operaciones.
  • La declaración informativa ante la DGI y el estudio técnico que la respalda son dos cosas distintas.

Qué son, en una frase

Los precios de transferencia son los precios que se cobran entre empresas relacionadas, es decir, empresas unidas por un mismo dueño o por un vínculo de control.

La norma quiere comprobar que esos precios son los mismos que se pondrían dos empresas independientes. Si una sociedad le vende barato a su hermana, la ganancia se mueve de sitio, y eso es lo que se vigila.

Lo que activa la obligación es la relación

La pregunta clave no es cuánto factura su empresa, sino con quién opera. Una matriz, una filial fuera de Panamá, otra sociedad del mismo dueño: ahí es donde hay que mirar.

Por eso hay empresas pequeñas obligadas y empresas grandes que no lo están. Quién queda obligado exactamente lo fija la norma, y conviene revisarlo con su caso concreto, no por intuición.

«Pero si es mi propia empresa»: operaciones entre sociedades

«Pero si es mi propia empresa.» Justamente. Que el dinero se mueva entre sociedades del mismo dueño es el caso que la norma quiere ver documentado, no una excepción.

Un préstamo entre sociedades, un alquiler, servicios de administración que se cobra una a la otra: todo eso cuenta como operación.

Dos cosas distintas: la declaración y el estudio

Una es la declaración informativa ante la Dirección General de Ingresos, que avisa de esas operaciones. La otra es el estudio técnico, que es el documento que demuestra que sus precios son de mercado.

Presentar la primera sin tener la segunda deja a la empresa en una posición incómoda el día que haya una revisión.

Cómo salir de dudas

Haga una lista de las sociedades con las que su empresa compra, vende, presta o cobra, y de quién es cada una. Con eso ya se puede responder si le aplica.

Escríbanos por WhatsApp con esa lista y le decimos si está obligado y qué le haría falta. La respuesta sale de sus datos, no de una tabla genérica.

Preguntas frecuentes

¿Una empresa pequeña en Panamá puede estar obligada a precios de transferencia?

Sí. Lo que cuenta es si opera con empresas relacionadas, no su tamaño, por eso hay empresas pequeñas obligadas y grandes que no lo están.

¿Qué es una empresa relacionada?

Es otra empresa unida a la suya por un mismo dueño o por un vínculo de control, como una matriz, una filial o una sociedad hermana.

¿Cuál es la diferencia entre la declaración informativa y el estudio de precios de transferencia?

La declaración informativa avisa a la DGI de las operaciones con empresas relacionadas. El estudio técnico es el documento que demuestra que esos precios son de mercado.

¿Un préstamo entre dos sociedades del mismo dueño cuenta para precios de transferencia?

Sí, cuenta como operación entre empresas relacionadas, igual que un alquiler o los servicios de administración que una le cobra a la otra.

¿Le pasa esto en su empresa?

La primera consulta no cuesta nada y se resuelve por WhatsApp. Si resulta que no necesita nada, también se lo decimos.

Contenido informativo de KL Contable, firma de Contador Público Autorizado en Ciudad de Panamá. No sustituye una consulta sobre su caso: la normativa cambia y cada empresa es distinta.