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KL Contable

· 5 min de lectura

Qué preparar antes del cierre del año fiscal

El cierre se complica por lo que no se revisó durante el año, no por el cierre en sí. Esta lista le ahorra la carrera final.

Escritorio con carpetas ordenadas por mes, calculadora y comprobantes agrupados con clips, luz de tarde

Respuesta corta

Antes del cierre del año fiscal en Panamá conviene tener conciliadas todas las cuentas bancarias, los comprobantes de gastos completos y a nombre de la empresa, confirmados los saldos de clientes y proveedores, contado el inventario y cuadrada la planilla con lo reportado a la CSS. Con eso, la declaración ante la DGI parte de una base firme.

Lo esencial

  • Tener los doce meses de bancos conciliados es la base de todo el cierre.
  • Un gasto sin comprobante a nombre de la empresa no se puede restar, por legítimo que sea.
  • Confirmar saldos con clientes y proveedores evita cobros y facturas que nadie registró.
  • El inventario se cuenta físicamente y se compara con el sistema, y lo personal se separa de lo del negocio.
  • La cuota patronal a la CSS es del 13.25 % hasta el 28 de febrero de 2027 y sube al 14.25 % después, según la Ley 462 de 2025.

Bancos conciliados, todos los meses

Conciliar es comparar lo que dice su contabilidad con lo que dice el estado de cuenta del banco, y explicar cada diferencia.

Si los doce meses están conciliados, el cierre parte de una base firme. Si no, lo primero del cierre será hacer ese trabajo con prisa, y ahí es donde aparecen los errores.

Comprobantes completos y a nombre de la empresa

Revise que cada gasto importante del año tenga su comprobante, con los datos de la empresa bien puestos. Un gasto sin respaldo no se puede restar, por legítimo que sea.

Buscar una factura de hace diez meses es mucho más difícil que pedirla la semana en que se pagó.

Quién le debe y a quién le debe

Haga la lista de clientes con saldos pendientes y de proveedores a los que usted debe. Confírmelos: a veces el cliente ya pagó y nadie lo registró, o el proveedor tiene una factura que usted no tiene.

Si hay cobros que ya sabe que no va a recuperar, dígaselo a su contador antes del cierre, no después.

Inventario y activos

Si maneja inventario, cuéntelo físicamente y compare con lo que dice el sistema. Si compró equipos, vehículos o mobiliario, tenga a mano las facturas de compra.

Y separe lo personal de lo del negocio: el carro de la familia pagado con la cuenta de la empresa es una conversación que conviene tener ahora.

Planilla y obligaciones con la CSS

Revise que la planilla del año cuadre con lo reportado a la Caja de Seguro Social y que las provisiones —décimo tercer mes, vacaciones, prima de antigüedad— estén registradas.

Tenga presente que la cuota patronal es del 13.25 % hasta el 28 de febrero de 2027 y sube al 14.25 % a partir de ahí, según la Ley 462 de 2025. Si está presupuestando el año que viene, esa cifra ya cuenta.

Empiece antes, no el último mes

Esta lista se hace en una tarde si la contabilidad está al día, y en semanas si no. Si quiere que la revisemos con usted, escríbanos por WhatsApp y le decimos por dónde empezar.

Preguntas frecuentes

¿Qué documentos necesito para el cierre fiscal de mi empresa en Panamá?

Los estados de cuenta bancarios de todo el año, los comprobantes de gastos a nombre de la empresa, la lista de saldos de clientes y proveedores, el conteo de inventario, las facturas de activos comprados y la planilla.

¿Qué pasa si un gasto no tiene factura?

Un gasto sin comprobante a nombre de la empresa no se puede restar, por legítimo que sea. Por eso conviene pedir la factura la misma semana en que se paga.

¿Qué hago con las cuentas por cobrar que no voy a recuperar?

Dígaselo a su contador antes del cierre, no después, para que se traten correctamente en la contabilidad del año.

¿Cuándo sube la cuota patronal de la CSS?

Según la Ley 462 de 2025, la cuota patronal es del 13.25 % hasta el 28 de febrero de 2027 y del 14.25 % a partir de ahí.

¿Le pasa esto en su empresa?

La primera consulta no cuesta nada y se resuelve por WhatsApp. Si resulta que no necesita nada, también se lo decimos.

Contenido informativo de KL Contable, firma de Contador Público Autorizado en Ciudad de Panamá. No sustituye una consulta sobre su caso: la normativa cambia y cada empresa es distinta.